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La construcción del docente

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QUE ES LA JURISDICION INMOBILIARIA

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  LA JURISDICCION INMOBILIARIA La Jurisdicción Inmobiliaria tiene competencia exclusiva para conocer de los derechos inmobiliarios y su registro en República Dominicana, desde que se solicita la autorización para la mensura y durante toda la vida del inmueble, salvo las excepciones previstas en el marco legal. El sector inmobiliario está regulado fundamentalmente por la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario del 23 de marzo de 2005, (modificada por la Ley 51-07 del 23 de abril de 2007), la cual norma el registro de los derechos reales inmobiliarios en todo el territorio Dominicano, implementando el sistema de publicidad inmobiliaria del país. La Jurisdicción Inmobiliaria está compuesta por: Tribunales Superiores de Tierras. Tribunales de Jurisdicción Original. Dirección Nacional de Registro de Títulos. Dirección Nacional de Mensuras Catastrales. Asi mismo es integrante del Abogado del Estado.

QUE ES EL DERECHO INMOBILIARIO

Podemos definirlo como aquel que es una parte del Derecho Civil con contenido especial pero de ámbito general, que regula íntegramente el derecho de hipoteca, la constatación en el Registro de los derechos reales sobre fincas, determinando el valor jurídico de la inscripción, estableciendo y organizando el Registro de la Propiedad y que no está contenido únicamente en la Legislación Hipotecaria. Este Derecho ha recibido diversas denominaciones doctrinales: a) Derecho Inmobiliario . Así denominado pro Bienvenido Oliver por surgir tal Derecho de la distinción germánica entre bienes muebles e inmuebles. b) Derecho Hipotecario . Concepto tradicional de Jerónimo Gonzalez . c) Derecho del Registro de la Propiedad . Concepto de Casso quien entiende que este nuevo Derecho es el relativo al "sistema" o "régimen registral" sobre derechos de cosas pudiendo denominarse Derecho del Registro de la Propiedad o Régimen Jurídico Real. d) Derecho Registral . Concepción de

EL DERECHO INMOBILIARIO

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 EL DERECHO INMOBILIARIO Se consideran inmuebles todos aquellos bienes considerados bienes raíces, por tener de común la circunstancia de estar íntimamente ligados al suelo , unidos de modo inseparable, física o jurídicamente, al terreno, tales como las parcelas , urbanizadas o no, casas , naves industriales , es decir, las llamadas fincas , en definitiva, que son bienes imposibles de trasladar o separar del suelo sin ocasionar daños a los mismos, porque forman parte del terreno o están anclados a él. Etimológicamente su denominación proviene de la palabra inmóvil . A efectos jurídicos registrales, en algunas legislaciones los buques y las aeronaves tienen consideración semejante a la de los bienes inmuebles. En Derecho civil , la distinción entre bienes muebles e inmuebles lleva aparejada diferentes consecuencias jurídicas, entre las que cabe destacar, sin ánimo de exhaustividad, las siguientes: Los bienes inmuebles pueden ser inscritos en un Registro de